8/28/2016

SECUESTROS EN VENEZUELA

Nuestra Optica
Jorge Rodríguez padre no era un “angelito”
Gerónimo Figueroa Figuera CNP_ 569

Ponerse una franela de un color o una chaqueta de revolucionario y actuar como delincuente violando los derechos humanos de un sector de la población en nombre de la justicia y la libertad de los pueblos, no puede ni debe ser una patente de corso para merecer la impunidad por los delitos cometidos. Si una banda asalta un banco para disfrutar el dinero y otra asalta el mismo banco en nombre de la revolución, son iguales de delincuentes. No importa el color de la chaqueta que usen ni la acera donde estén ubicados, son iguales de delincuentes. Bajo ningún concepto la sociedad debe aceptar el chantaje de que los revolucionarios pueden secuestrar a ciudadanos y cobrar grandes sumas de dinero para liberarlos, tampoco se debe aceptar que con actos terroristas asesinen a inocentes, especialmente niños, mujeres y ancianos indefensos, en nombre de trillados ideales revolucionarios para liberar los pueblos, porque los caídos en los actos terroristas también pertenecen al pueblo y tienen Derechos Humanos igualitos a los de los revolucionarios. Por lo tanto, a esos que se disfrazan de revolucionarios y actúan como delincuentes hay que desenmascararlos. El 27 de febrero de 1976 un comando guerrillero integrado por siete hombres armados secuestró al presidente local de la compañía norteamericana Owens Illinois, William Frank Niehous, en su residencia ubicada en Prados del Este del municipio Baruta de la Gran Caracas, quien estaba acompañado por sus tres hijos y su esposa cuando los bandoleros se lo llevaron contra su voluntad. Posteriormente se supo que los secuestradores eran militantes guerrilleros de la Organización Revolucionaria (OR), la cual surgió de una de división de bandera Roja que a su vez era una división del MIR. La cara legal de la OR era la Liga socialista. Horas después en un comunicado los secuestradores que se identificaron como Los Comandos Revolucionarios, cuya misión era secuestrar ciudadanos para luego cobrar por su liberación, colocó un mensaje en un buzón de correo en Roca Tarpeya en la avenida Nueva Granada de Caracas, para el periodista José Emilio Castellano que hacia
sucesos para el diario El Nacional, pero en vista que Castellano no estaba de guardia en la redacción, el jefe de redacción del citado diario, José Moradel, ordenó recoger el mensaje por otro periodista, quien después de cumplir la misión ordenada se fue directo para la sede principal de la DISIP. En el mensaje los secuestradores del industrial norteamericano anunciaban que no pedían dinero para liberarlo sino que el prisionero sería ejecutado por ser enemigo de Venezuela. Tres meses después los servicios de inteligencia del gobierno nacional detuvieron a Jorge Rodríguez padre por estar involucrado en el secuestro, pero lamentablemente fue asesinado por efectivos de la DISIP cuando lo “interrogaban”. Aunque Jorge Rodríguez padre era culpable de ese secuestro y de otros por los cuales habían cobrado para liberar a las víctimas, no justificaba bajo ningún concepto su asesinato, por lo que Carlos André Pérez destituyó a Arístides Lander como director de la Disip y otros tres funcionarios que debieron responder ante la justicia por esa muerte. Estamos claro que cuando a Jorge Rodríguez padre lo torturaron hasta matarlo es un crimen de lesa humanidad, pero secuestrar a una persona frente a sus hijos y su esposa con atropellos físicos y verbales, como lo hizo Jorge Rodríguez padre con el industrial norteamericano, William Frank Niehous, también es crimen de violación a los Derechos Humanos que no podemos bajo ningún concepto aceptar como una acción revolucionaria, porque no es verdad, carajo. El resto de los implicados en el secuestro fueron Fernando Soto Rojas, Marelis Pérez Marcano, David Nieves, Salom Mesa Espinoza, Fortunato Herrera, Iván Padilla, José Aquino y por supuesto Jorge Rodríguez padre, secretario general de la Liga Socialista y jefe de la banda. Igualmente entorpecer el refrendo revocatorio con trampas leguleyas no solo viola el artículo 72 de la Constitución Nacional, sino que atropella de forma flagrante los Derechos Humanos y Políticos de 19 millones de venezolanos que aparecen registrados en la data del CNE, así como pedir públicamente a los ministros del gabinete ejecutivo del presidente Nicolás Maduro que despidan a todos los funcionarios que firmaron para solicitar el referendo revocatorio, tal como lo hizo el siquiatra Jorgito Rodríguez, viola los derechos humanos y el derecho al trabajo que puede ser considerado como crimen de lesa humanidad. El 29 de junio de 1979 tres años cuatro meses y dos días, la PTJ rescató al empresario norteamericano pero no por casualidad de que dos policías investigaban el robo de ganado como se informó en ese momento, ni por labores de inteligencia, sino por negociaciones entre los directivos de la Liga Socialista con el gobierno de Luis Herrera, lo cual quedó demostrado cuando una semana antes los principales dirigentes de la
Organización Revolucionaria (OR) que estaban en la clandestinidad aparecieron armados en un acto del Aula Magna de la Universidad central de Venezuela, al parecer con el visto bueno del gobierno de Luis herrera porque ya habrían negociado entregar las coordenadas donde estaba el secuestrado y las dos personas que lo custodiaban.



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