4/25/2006

* REGLAMENTO DE PASANTIAS

REGLAMENTO DE PASANTIAS
La pasantía es una actividad cumplida por el estudiante de las escuelas de Comunicación Social en medios de comunicación social, agencias de noticias y departamentos de prensa o de información en instituciones del sector público, a objeto de completar su formación académica.
El pasante es un estudiante de Comunicación Social que deber haber aprobado 6 semestres o tres años de sus estudios, inscribe la materia Pasantías en su respectiva Escuela y cumple un período de práctica en un sitio de trabajo durante seis meses, bajo la doble supervisión de un profesor y un funcionario de la empresa.
La pasantía es parte de los estudios, no es trabajo; pero es usual que reciba un bono monetario y la protección de un seguro colectivo. La contratación colectiva debe contemplar la figura del pasante bajo las condiciones aquí señaladas.
El tiempo máximo de duración de las pasantías será de 06 meses. El pasante dejará su puesto a otros que cumplirá el mismo lapso estipulado en este Reglamento.
El pasante no podrá reemplazar a ningún periodista miembro del Colegio Nacional de Periodistas, ni sustituirlo durante sus vacaciones. El pasante no puede hacer guardias de fin de semana ni ser enviado a misiones fuera de la ciudad sede de la empresa o institución donde cumple su pasantía. La violación de esta disposición será considerada como ejercicio ilegal del periodismo.
El Colegio Nacional de Periodistas, reconoce como pasantes a los estudiantes de Comunicación Social que inscribirán la materia respectiva y presente en el Colegio la constancia de la Escuela. El Colegio, a su vez, autorizará al pasante ante la empresa a cumplir el período de seis meses señalado.E

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